Sentencia N° 604 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de mayo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 604, Exp. 08-0691, 18/05/2009
Expediente08-0691
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-05-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de mayo de 2009, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los herederos de Mayer Waich contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo Civil, que había declarado con lugar la demanda de amparo presentada por el Capítulo Metropolitano de Caracas. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior, argumentando que la parte demandada no logró probar su defensa sobre la falta de pago de los cánones de arrendamiento, y que la apelación no cumplía con los requisitos legales establecidos para su admisión.
Extracto de la motiva
La falta de apreciación por parte de los jueces de las pruebas que constan en el expediente produjo el vicio de silencio de pruebas, que contiene el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, el cual está relacionado con el derecho constitucional a la defensa y a la tutela judicial efectiva. En ese sentido, la Sala considera que todo ciudadano tiene el derecho a ser juzgado y a que la causa sea resuelta con fundamento en los elementos de hecho y de derecho que cursen en el expediente y no puede el Juez silenciar las pruebas, pues esa falta de juzgamiento incide directamente en el derecho a la defensa y en el derecho a ser juzgado con las garantías del debido proceso.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que los ciudadanos Yechua Salvador, Isaac, Humberto Levy, Israel Fredy, Henry Eduardo y Joseph Aholeab Waich Toledano ejercieron contra el acto decisorio que expidió, el 30 de abril de 2008, el Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró CON LUGAR la demanda de amparo que interpuso CAPÍTULO METROPOLITANO DE CARACAS contra la sentencia del Juzgado Undécimo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de esa circunscripción judicial, el 2 de mayo de 2007, en el juicio que aquél incoó contra los apelantes de autos, decisión que SE CONFIRMA.
Palabras clave
amparo constitucionalarrendamientodebido procesotutela judicialsentenciarecurso de apelaciónfalta de pago