Sentencia N° 601 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 601, Exp. 14-1336, 19/05/2015
Expediente14-1336
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-05-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo interpuesta por fiscales del Ministerio Público contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La Corte había declarado con lugar un recurso de apelación que anuló una decisión de un Juzgado de Primera Instancia, lo que generó la acción de amparo por presunta violación de derechos constitucionales. La Sala Constitucional se declaró competente para conocer la acción y solicitó al Juzgado de Primera Instancia que enviara el expediente correspondiente para su revisión.
Extracto de la motiva
Esta Sala Constitucional se declara competente para el conocimiento y decisión en primera y única instancia de la misma. Así se declara. Ahora, esta Sala Constitucional, con el fin de pronunciarse sobre el amparo ejercido, y con el propósito de formarse un mejor criterio en el presente caso, considera necesario conocer todas las actuaciones que cursan en el expediente. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala para mejor proveer, acuerda requerir al Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que envíe a esta Sala Constitucional dentro de los dos (2) días siguientes contados a partir de la notificación del presente auto, más ocho (8) días del término de la distancia, copias certificadas de la totalidad del expediente contentivo de la causal penal relacionada con el presente amparo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ACUERDA solicitar al Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que envíe a esta Sala Constitucional dentro de los dos (2) días siguientes, contados a partir de la notificación del presente auto, más ocho (8) días del término de la distancia, copias certificadas del expediente contentivo de la causa seguida al ciudadano Ken David Kristoff, donde dicho juzgado dictó la sentencia n.° 959-14, del 29 de septiembre de 2014. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.