Sentencia N° 600 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 600, Exp. 14-0321, 03/06/2014
Expediente14-0321
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-06-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional presentada por Jhonathan Jesús Meir Uribe contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El recurrente alegó violaciones a sus derechos fundamentales en relación a la fijación de una pensión de alimentos por parte de su padre, Haim Meir Aron. La Sala consideró que la decisión impugnada vulneró el derecho a la defensa y a un debido proceso, y ordenó la remisión del expediente original para su revisión.
Extracto de la motiva
La demanda cumple formalmente con los extremos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucional. En ese contexto, se desprende del libelo que la demanda fue presentada por los defensores privados del accionante, quien ha sido suficientemente identificado; también se particularizó al órgano jurisdiccional agraviante y la demanda es suficientemente clara respecto de las circunstancias de hecho y los fundamentos de Derecho en los cuales apoyan su pretensión de tutela constitucional, de tal forma que no se requiere aclaración alguna.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el amparo ejercido y ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por JHONATHAN JESÚS MEIR URIBE, representado judicialmente por los abogados Jaime Alberto Coronado, Jaime Alberto Coronado Castillo y Alberto Alejandro Coronado Castillo, contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, del 16 de septiembre de 2.013 y su aclaratoria del 20 del mismo mes y año.
Palabras clave
amparo constitucionalobligación de manutenciónderechos del niño