Sentencia N° 6 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de febrero de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 06, Exp. 08-0095, 01/02/2008
Expediente08-0095
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 01969 dictada por la Sala Político Administrativa, que declaró con lugar un recurso contencioso administrativo de nulidad. Se abordaron aspectos sobre la estabilidad de los jueces y el funcionamiento de la Comisión Judicial. La Sala Constitucional, en virtud de su potestad, decidió conocer de oficio la revisión de dicha sentencia, considerando la importancia de mantener la coherencia en la interpretación de la Constitución.
Extracto de la motiva
Considerando que en el fallo Nº 93/2001 (caso: “Corpoturismo”) la Sala determinó la potestad extraordinaria, excepcional, restringida y discrecional, de revisar las siguientes decisiones judiciales las sentencias definitivamente firmes dictadas por las demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia y por cualquier juzgado o tribunal del país, apartándose u obviando expresa o tácitamente alguna interpretación de la Constitución contenida en alguna sentencia dictada por esta Sala con anterioridad al fallo impugnado, realizando un errado control de constitucionalidad y, estableció que la Sala posee la potestad de revisar, en forma extraordinaria y excepcional «…de oficio las sentencias definitivamente firmes en los mismos términos expuestos en la presente decisión, esta Sala posee la potestad discrecional de hacerlo siempre y cuando lo considere conveniente para el mantenimiento de una coherencia en la interpretación de la Constitución en todas las decisiones judiciales emanadas por los órganos de administración de justicia…».
Dispositiva
PRIMERO: ORDENAR a la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, abrir el correspondiente expediente a los fines de que esta Sala, en ejercicio de las competencias contenidas en los artículos 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 5.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela y del criterio vinculante de su sentencia Nº 93 del 6 de febrero de 2001 (caso: “Corpoturismo”), conozca de oficio la revisión de la sentencia N° 01969 dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia el 4 de diciembre de 2007, para lo cual se ordena realizar todos los trámites de ley correspondientes a tal efecto. SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, oficiar a la Sala Político Administrativa de este Tribunal, a los fines de que remita copia certificada de la sentencia Nº 01969, ya identificada, dentro del lapso de tres (3) días contados a partir de su notificación. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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