Sentencia N° 598 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 598, Exp. 15-0321, 19/05/2015
Expediente15-0321
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-05-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Hassan Nicolás Rahal Kurt contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, que había declarado sin lugar la apelación y confirmado la sentencia de fondo que resolvía un contrato de arrendamiento. La Sala consideró que la decisión del juzgado inferior incurrió en violaciones de derechos constitucionales, al no pronunciarse sobre defensas alegadas y al no aplicar precedentes jurisprudenciales relevantes. En consecuencia, se ordenó la nulidad de la sentencia impugnada y se restableció la situación jurídica infringida.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano HASSAN NICOLÁS RAHAL KURT, asistido por el abogado Rafael Ignacio Zamora Aguirre, contra la sentencia dictada, el 30 de octubre de 2014, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2. ORDENA la notificación de la jueza del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, una vez que conste en autos dicha notificación, se ordena a la Secretaría de la Sala que fije, dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme a lo establecido en la sentencia n.° 2197, que con carácter vinculante, dictó esta Sala el 23 de noviembre de 2007. Igualmente, se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada.

Dispositiva

1. ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano HASSAN NICOLÁS RAHAL KURT, asistido por el abogado Rafael Ignacio Zamora Aguirre, contra la sentencia dictada, el 30 de octubre de 2014, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2. ORDENA la notificación de la jueza del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, una vez que conste en autos dicha notificación, se ordena a la Secretaría de la Sala que fije, dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme a lo establecido en la sentencia n.° 2197, que con carácter vinculante, dictó esta Sala el 23 de noviembre de 2007. Igualmente, se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada.

Palabras clave

amparo constitucionalresolución de contratoarrendamientoderechos constitucionales

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