Sentencia N° 597 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 597, Exp. 12-0337, 14/05/2012
Expediente12-0337
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre varios juzgados en relación a un amparo constitucional interpuesto por Jairo Suárez Hernández y Mayra Yesenia Mendoza Román. Los demandantes alegaron violaciones a sus derechos constitucionales por parte de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas y funcionarios de la Guardia Nacional durante un desalojo. La Sala declaró su competencia para conocer del caso y ordenó remitir el expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital para su resolución.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el presente caso se denunció la violación a los artículos 47, 46.1, 44 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que están referidos a la garantía de inviolabilidad del hogar doméstico, a la integridad física, psíquica y moral, al derecho a la libertad y a la protección y al respecto a la dignidad y los derechos humanos, por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana, respectivamente, por lo que la competencia para su conocimiento dependerá de la naturaleza de la relación que desencadenó el hecho supuestamente lesivo. En consecuencia, se puede establecer que la situación de hecho que habría estado al origen de las lesiones constitucionales denunciadas, no fueron realizadas en nombre propio sino en ejercicio de potestades públicas.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia que planteó el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) Que el Tribunal competente para conocer del amparo que incoaron los ciudadanos Jairo Suárez Hernández y Mayra Yesenia Mendoza Román contra la abogada Carmen Cecilia Morante de Chabaldini, en su carácter de Superintendente Nacional de Arrendamiento de Viviendas, los ciudadanos William Morillo y Jenny Labrador, asistentes de la Superintendente, y los miembros de la Comisión de la Guardia Nacional Bolivariana, al mando del Capitán (GNB) Dixon Antonio Duque Cárdenas, entre otros ciudadanos por identificar, es un JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL, que corresponda por distribución. En consecuencia, se ordena remitir de inmediato el expediente de la causa al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital que esté ejerciendo funciones de distribuidor.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto negativo de competenciainviolabilidad del domicilioderechos constitucionales