Sentencia N° 596 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de abril de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 596, Exp. 02-2911, 20/04/2004
Expediente02-2911
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-04-20
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar interpuesta por Comercializadora Agropecuaria El Cafeto C.A. contra la Ordenanza sobre Comercialización y Mercadeo del Café en el Municipio Sucre del Estado Portuguesa. La decisión se fundamentó en que la medida cautelar no puede otorgarse si implica un examen de las normas impugnadas, lo que corresponde al análisis final de la solicitud de inconstitucionalidad. La Sala asumió la competencia para conocer del recurso de nulidad, reiterando su atribución según la Constitución de 1999.

Extracto de la motiva

La acción de amparo también podrá ejercerse conjuntamente con la acción popular de inconstitucionalidad de las leyes y demás actos estatales normativos, en cuyo caso, la Corte Suprema de Justicia, si lo estima procedente para la protección constitucional, podrá suspender la situación jurídica concreta cuya violación se alega, mientras dure el juicio de nulidad. En tal sentido, es necesario señalar que el criterio reiterado de este Supremo Tribunal, según se desprende de las decisiones Nros. 1.939 del 15 de julio de 2003 y 323 del 9 de marzo de 2004, es que el objeto del mandamiento de amparo de naturaleza cautelar en juicios de nulidad como el de autos, consiste en evitar que se pueda materializar una violación de los derechos constitucionales concretos invocados por los accionantes. Igualmente, se ha señalado que, por ser cautelar la naturaleza de los amparos ejercidos de forma conjunta con las acciones de inconstitucionalidad, éstos no pueden ser acordados cuando para la determinación de su procedencia o no, se tenga que realizar un examen de las normas impugnadas que, de tal modo, se esté analizando cuestiones que corresponden al fondo del asunto.

Dispositiva

Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA AGROPECUARIA EL CAFETO C.A., de forma conjunta con el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la ORDENANZA SOBRE COMERCIALIZACIÓN Y MERCADEO DEL CAFÉ EN EL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA. Se acuerda pasar los autos al Juzgado de Sustanciación para la tramitación del presente recurso. Publíquese y regístrese. Adjúntese el presente fallo a la pieza principal y adjúntese todas las piezas de este expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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