Sentencia N° 595 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 595, Exp. 12-0223, 14/05/2012
Expediente12-0223
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por la abogada Sinamaica Guedexz de Bello contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La decisión se basa en que la demandante contaba con un recurso de casación como medio procesal preexistente para la reparación de la situación jurídica supuestamente infringida. La Sala argumenta que la falta de ejercicio de este recurso configura la causal de inadmisibilidad establecida en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la supuesta agraviada contaba con el recurso de casación como medio procesal preexistente e idóneo para la reparación de la situación jurídica supuestamente infringida y, por ello, la pretensión de amparo constitucional debe declararse inadmisible con fundamento en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso la ciudadana SINAMAICA GUEDEXZ DE BELLO, actuando en su propio nombre y representación, contra el fallo que emitió, el 12 de agosto de 2011, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
perencióninactividadprocesoCódigo de Procedimiento Civilinstanciaderecho procesalnegligencialitigio