Sentencia N° 593 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 593, Exp. 15-0324, 19/05/2015
Expediente15-0324
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-05-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional presentado por JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA SUCRE, relacionado con un presunto retardo procesal en un proceso penal. La Sala consideró que la demanda era confusa y no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que dificultaba la comprensión de la pretensión del actor. Se ordenó al abogado defensor corregir la demanda en un plazo de dos días hábiles, bajo pena de inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
Dicha corrección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías, deberá hacerla dentro del lapso de dos (2) días hábiles siguientes a su notificación, respecto del presente auto, so pena de la declaratoria de inadmisibilidad de la acción ejercida, en caso de incumplimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el mencionado artículo. Así se decide.
Dispositiva
ORDENA al abogado Carlos Arturo Rocha Pineda, que CORRIJA el escrito de amparo en el lapso de dos (2) días hábiles siguientes a su notificación, respecto del presente auto, so pena de la declaratoria de inadmisibilidad de la acción ejercida, en caso de incumplimiento.