Sentencia N° 592 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0592, Exp. 22-0580, 30/05/2023
Expediente22-0580
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-05-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Cándido Wolfgang Hidalgo Moreno, representado por el abogado Carlos José Mirabal González, contra la sentencia del Juzgado Superior Agrario que decidió sin lugar la apelación de una medida de protección agroalimentaria. La Sala establece que el demandante contaba con un medio judicial idóneo que no fue utilizado, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción. La decisión se fundamenta en la falta de agotamiento de las vías ordinarias y la necesidad de respetar los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

Ahora bien, establecidas las consideraciones anteriores y examinado los elementos de procedencia de la medida de protección solicitada y en vista que es criterio de este Juzgado Superior Agrario, la temporalidad en el decreto de medida cautelar de protección, como es el caso que nos ocupa, considera esta Instancia que lo correcto es CONFIRMAR la MEDIDA AUTÓNOMA INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA; sugeriéndoles a las partes a hacer uso de los mecanismos legales idóneos establecidos en la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para discutir en buena litis para avanzar sobre las circunstancias posesorias que les causen conflictos… Por todo lo antes expuesto, de acuerdo al derecho, criterios doctrinarios y jurisprudenciales antes señalados y en virtud, que este Juzgado Superior, se ve forzosamente obligado a declarar SIN LUGAR la apelación, interpuesta por el ciudadano Cándido Wolfang Hidalgo Moreno,…

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional ejercida por el abogado Carlos José Mirabal González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 181.116, actuando en nombre y representación del ciudadano CÁNDIDO WOLFGANG HIDALGO MORENO, titular de la cédula de identidad n.° V-8.198.086; en contra de la sentencia de fecha 12 de julio de 2022, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas que decidió: i) Sin Lugar la apelación ejercida por el ciudadano Cándido Wolfgang Hidalgo Moreno, en contra de la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada el 25 de febrero de 2022, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure; ii) Confirmó el fallo apelado; y iii) no condenó en costas. SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional ejercida por el abogado Carlos José Mirabal González, actuando en nombre y representación del ciudadano CÁNDIDO WOLFGANG HIDALGO MORENO; e inoficioso el pronunciamiento sobre la medida innominada solicitada.

Palabras clave

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