Sentencia N° 592 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0592, Exp. 22-0217, 12/08/2022
Expediente22-0217
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 416 el 2 de agosto de 2022, en la que se abandonó con carácter vinculante la consulta previa establecida en la sentencia N° 145 de 2019. Se ordenó a los tribunales que tramitan la ejecución de un mandamiento de amparo constitucional seguir el procedimiento establecido en sentencias anteriores. La decisión establece que todas las causas ante la Sala Constitucional deben ser remitidas a los tribunales de la causa sin examinar la favorabilidad a trámite de la denuncia de desacato.
Extracto de la motiva
En tal sentido, la decisión N° 416 del 2 agosto de 2022, anteriormente referida, estableció que “vista la naturaleza de orden procesal del presente fallo y lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a partir de la publicación de esta decisión, todas las causas que cursen ante esta Sala Constitucional deberán ser remitidas a la brevedad a los Tribunales de la causa mediante auto en el cual no se examinará la favorabilidad a trámite de la denuncia de desacato que establecía la sentencia N° 145 del 18 de junio de 2019”.
Dispositiva
Se ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas para que continúe la tramitación del procedimiento de ejecución del mandamiento de amparo constitucional.