Sentencia N° 59 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de marzo de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0059, Exp. 20-0413, 08/03/2022
Expediente20-0413
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-03-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, confirma la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por el abogado Jonny Cárdenas Hernández en representación de Felipe Nery Siso Cárdenas, argumentando que la acción fue presentada fuera del plazo de seis meses establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala también revisa de oficio una decisión anterior que decretó la nulidad de una decisión del Tribunal Octavo de Primera Instancia, manteniendo vigente la orden de aprehensión contra el imputado por encontrarse incomparecente al juicio oral y público.

Extracto de la motiva

motivada, decidió revocar medida cautelar impuesta al acusado y ordenó su captura y se ordenó archivar el expediente hasta tanto se haga efectiva la aprehensión, unas de las razones por las cuales se desconocía el lugar del expediente”. (Sic). Que, “(t)odo lo anterior, se realizó en desconocimiento absoluto del acusado y la defensa, que, si bien es cierto, se libraron boletas de notificación para el conocimiento de la apertura del juicio y la orden de aprehensión, no es menos cierto que las mismas nunca fueron debidamente practicadas, en virtud que no consta en el expediente, las IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 24 resultas de las mismas, contrario a lo expr

Dispositiva

Se declara competente para conocer del recurso de apelación interpuesto, se declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto y se confirma la decisión apelada dictada, el 11 de junio de 2020, por la Sala N.º 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalDebido ProcesoInadmisibilidad

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