Sentencia N° 588 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de mayo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0588, Exp. 17-0097, 13/05/2026
Expediente17-0097
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-05-13
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por Álvaro Romero Natera, debido al abandono del trámite por más de seis meses. La decisión se basa en la falta de actuación de la parte actora, lo que se considera como pérdida de interés en la causa. Además, se impone una multa a la parte actora por el abandono del trámite y se deja sin efecto la medida cautelar previamente acordada.
Extracto de la motiva
motivación la sentencia dictada en fecha 16.03.2016 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.- TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte apelante.”, en el juicio que por desalojo de un local comercial por vencimiento de la prórroga legal interpuso el ciudadano Khalil Ismael Abdul Hadi Mansour contra el supuesto agraviado. El 24 de enero de 2017, se dio cuenta en Sala de la recepción de la demanda de amparo y se asignó la ponencia del presente expediente a la magistrada Dra. Gladys María Gutiérrez Alvarado. El 24 de febrero de 2017 se eligió la nueva Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena; y esta Sala Constitucional quedó conformada de la siguiente manera: Magistrado Juan José Mendoza Jover, Presidente; Magistrado Arcadio Delgado Rosales, Vicepresidente; y los Magistrados y Magistradas Carmen Zuleta de Merchán, Gladys María Gutiérrez Alvarado, Calixto Ortega Ríos, Luis Fernando Damiani Bustillos y Lourdes Benicia Suárez Anderson.
Dispositiva
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite en la presente acción de amparo constitucional ejercida el ciudadano Álvaro Romero Natera, contra la decisión dictada el 29 de septiembre de 2016, por el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. SEGUNDO: Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) pagaderos a favor de la Tesorería Nacional. TERCERO: Se DEJA SIN EFECTOS la medida cautelar acordada. CUARTO: Se ORDENA la remisión del expediente n.° 11/14 al Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.