Sentencia N° 587 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0587, Exp. 23-1292, 01/11/2024
Expediente23-1292
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Antonio Márquez Valente contra una sentencia del Tribunal Superior en lo Civil que declaró inadmisible la acumulación de pretensiones en un juicio por cobro de bolívares. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y decidió que la sentencia objeto de amparo era procedente, ordenando al juzgado remitente que informara sobre el estado actual de la causa. La decisión busca garantizar la tutela de los derechos constitucionales del accionante.
Extracto de la motiva
Ello así, considera la Sala que es necesario a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la acción de amparo incoada y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, la valoración del contenido de algunas actuaciones en la causa y expediente originario, a los fines de verificar ciertos aspectos que interesan para decidir sobre el presunto agravio constitucional.
Dispositiva
Se ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, que en el lapso de cinco (5) días, siguientes que conste en autos a su notificación, más cinco (5) días correspondientes al término de la distancia, para que recabe e informe a esta Sala el estado actual de la causa relacionada con la demanda por cobro de bolívares vía intimatoria objeto de amparo en la presente causa y remita copia certificada de las actas procesales.
Palabras clave
amparo constitucionaltutela de derechosproceso civilejecución de sentencianotificacióncausa paralizada