Sentencia N° 583 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 583, Exp. 16-0356, 11/07/2016
Expediente16-0356
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-07-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por los abogados de Alex Evencio Martínez González, contra la decisión de la Corte Marcial que declaró inadmisible la demanda de amparo. La Corte Marcial había fundamentado su decisión en que los accionantes habían ejercido simultáneamente la vía recursiva ordinaria, lo que impedía la admisión del amparo constitucional. La Sala Constitucional confirmó esta inadmisibilidad, argumentando que el uso de la vía ordinaria era un requisito previo para la acción de amparo.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo tiene por finalidad la restitución de la situación jurídica supuestamente infringida, como consecuencia de la decisión que dictó el Juzgado Militar Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en la celebración de la audiencia preliminar llevada a cabo el 22 de febrero de 2016 y cuyo extenso publicó el 26 de febrero de 2016, en el cual, entre otros pronunciamientos, admitió la acusación presentada contra el quejoso por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad contra el decoro militar y lesiones entre militares, admitió parcialmente los elementos probatorios presentados por la representación del Ministerio Público y ordenó la apertura a juicio oral y público.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados María Elena Marcano González y José Gregorio Martínez D’Luca, en su condición de defensores del ciudadano ALEX EVENCIO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, contra la sentencia que dictó, el 17 de marzo de 2016, la Corte Marcial. 2.- CONFIRMA la mencionada decisión que declaró INADMISIBLE la pretensión de amparo incoada por los apelantes contra la decisión que dictó el Juzgado Militar Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en la celebración de la audiencia preliminar llevada a cabo el 22 de febrero de 2016 y cuyo extenso publicó el 26 de febrero de 2016.

Palabras clave

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