Sentencia N° 580 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 580, Exp. 16-0319, 11/07/2016
Expediente16-0319
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-07-11
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de julio de 2016, declaró NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por la empresa Venezolana de Pavimentos y Canteras C.A. (VEPACA) contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado con lugar la apelación de Agustín Bonillo por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la decisión del tribunal inferior fue ajustada a derecho y no incurrió en errores que justificaran la revisión.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional reitera que la potestad extraordinaria de revisión no puede ser usada como una tercera instancia. En este caso, la revisión se solicitó por la empresa demandada, argumentando que la sentencia impugnada contraviene la doctrina de la Sala de Casación Social. Sin embargo, la Sala concluyó que el Juzgado Primero Superior del Trabajo actuó correctamente al verificar la existencia de una relación laboral entre el demandante y la empresa, aplicando adecuadamente el test de dependencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia dictada el 10 de junio de 2015, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presentada por abogado Edward Alexander Lucena, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa VENEZOLANA DE PAVIMENTOS Y CANTERAS C.A. (VEPACA). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
revisión constitucionaljurisprudenciaderecho laboralcarga de la pruebarelación laboralsentenciapotestad extraordinaria