Sentencia N° 580 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 580, Exp. 11-0095, 26/04/2011
Expediente11-0095
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el amparo constitucional interpuesto por la Panadería y Pastelería Suprema, C.A. contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Táchira, que había declarado con lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por Carmen Josefina Olivero Chacón. La Sala argumentó que el Juzgado Cuarto había violado el derecho a la defensa y el debido proceso al dictar una sentencia a pesar de que el Juzgado Superior había declarado sin lugar la inhibición del juez que conocía el caso.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el caso, determinó que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia había actuado en contravención a las decisiones previas del Juzgado Superior, lo que vulneró el derecho a la defensa de la parte demandante. Se destacó que el Juzgado Cuarto, a pesar de haber recibido la notificación de la decisión del Juzgado Superior que declaraba sin lugar la inhibición, procedió a dictar una sentencia que no correspondía a su competencia, lo que llevó a la Sala a concluir que se había violado el principio del juez natural y el debido proceso. En consecuencia, se ordenó la revocación de la decisión impugnada y se restableció la causa al estado de que el Juzgado Segundo de Primera Instancia proceda a dictar el correspondiente fallo sobre la apelación interpuesta.
Dispositiva
1. CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana CARMEN JOSEFINA OLIVERO CHACÓN, contra la decisión dictada el 17 de diciembre de 2010 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. 2. REVOCA la decisión dictada el 17 de diciembre de 2010 por el referido Juzgado Superior Cuarto, la cual declaró CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por la Panadería y Pastelería Suprema, C.A., contra la decisión dictada el 12 de agosto de 2010 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. 3. SIN LUGAR el amparo constitucional interpuesto por la Panadería y Pastelería Suprema, C.A., contra la decisión dictada el 12 de agosto de 2010 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Palabras clave
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