Sentencia N° 580 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 580, Exp. 02-0814, 24/03/2003
Expediente02-0814
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-02-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de febrero de 2003, identificada con el número 452, corrige un error material en la sentencia donde se mencionaba incorrectamente al accionante. Se establece que el verdadero accionante es GUILLERMO ESTEBAN LÓPEZ TORREALBA, en lugar de ALEJANDRO ÁVILA BELLO. Esta corrección se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

En virtud del referido error material, en donde dice “ALEJANDRO ÁVILA BELLO”, debe decir “GUILLERMO ESTEBAN LÓPEZ TORREALBA”, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al presente caso, según lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Téngase el presente auto como parte integrante del indicado fallo. Cúmpla lo ordenado.

Palabras clave

error materialacción de amparocorrecciónacciónanteCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica de Amparo

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