Sentencia N° 58 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0058, Exp. 25-1419, 19/02/2026
Expediente25-1419
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Johana Medina Hernández en representación de Maritza Josefina Ortega Seijas, contra el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa por la presunta omisión de pronunciamiento. La Sala argumenta que no se admite acción de amparo contra decisiones o omisiones de este Tribunal, conforme a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
De lo anterior se colige que no es posible intentar una demanda de amparo constitucional contra la presunta omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa de esta Máxima Instancia, ya que existe una prohibición expresa de la ley que rige la materia del amparo constitucional de admitir este tipo de acción contra alguna de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia por ser éste el máximo órgano jurisdiccional. En consecuencia, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Johana Medina Hernández, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Maritza Josefina Ortega Seijas, antes identificada, contra el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa de esta Máxima Instancia, por la presunta omisión de pronunciamiento en el Expediente N° 2025-0154 / AA40-X-2025-000025, resulta inadmisible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Johana Medina Hernández, apoderada judicial de la ciudadana MARITZA JOSEFINA ORTEGA SEIJAS, contra el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa de esta Máxima Instancia, por la presunta omisión de pronunciamiento en el Expediente N° 2025-0154 / AA40-X-2025-000025.
Palabras clave
amparo constitucionalomisión de pronunciamientoSala Político AdministrativainadmisibilidadjurisdicciónTribunal Supremo de Justicia