Sentencia N° 58 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 58, Exp. 13-0154, 20/02/2014
Expediente13-0154
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-20
DecisiónParcialmente Ha Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad de un contrato de opción de compra-venta. La revisión se fundamentó en la falta de motivación en la sentencia original respecto a la indemnización por daños y perjuicios solicitada por la parte demandante. La Sala decidió anular la parte del dispositivo que acordaba la indexación de la indemnización, limitándola a la cantidad de un millón cien mil bolívares.

Extracto de la motiva

La Sala considera que no ceñirse a estas disposiciones, significa infringir el derecho de defensa y el debido proceso del ejecutado. Conforme las consideraciones precedentemente expuestas en el caso de autos, donde el accionante pretendió se le liquidara una indexación en un proceso autónomo, del análisis de las actas que conforman el presente proceso, a juicio de esta Sala, no asiste la razón al solicitante, ya que el hecho del que pretende deducir la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es -básicamente- su inconformidad con la doctrina sustentada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal para casar de oficio y sin reenvío la sentencia dictada el 17 de marzo de 2003 por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, declarar inadmisible la demanda y la nulidad de todas las actuaciones.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE HA LUGAR la solicitud de revisión presentada la abogada Roraima Bermúdez González, en su carácter de apoderada judicial de PROMOTORA BELLAGIO, C.A, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 9 de mayo de 2011. En consecuencia, se ANULA la parte del dispositivo del fallo objeto de revisión en el cual se acuerda la indexación, debiendo tenerse como que la indexación acordada se refiere únicamente a la cantidad acordada en el punto segundo del dispositivo de dicho fallo, a saber la cantidad de un millón cien mil bolívares (Bs. 1.100.000,00).

Palabras clave

nulidad de contratoopción de compra-ventaindemnizaciónindexación

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