Sentencia N° 579 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 579, Exp. 17-0103, 11/08/2017
Expediente17-0103
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 11 de agosto de 2017, declaró sin lugar la revisión solicitada por Banesco Banco Universal C.A. respecto a las sentencias Nros. 594 del 13 de junio y 1569 del 15 de diciembre de 2016, dictadas por la Sala Político Administrativa. La revisión se fundamentó en la interpretación de la obligación de pago en divisas y su cumplimiento en bolívares, conforme a la normativa vigente y a la interpretación vinculante de la Sala Constitucional. La Sala concluyó que Banesco cumplió con lo ordenado en las sentencias previas y que no había lugar a la revisión solicitada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de revisión, destacó que la interpretación de las sentencias previas se basaba en la normativa que establece que el bolívar es la moneda de curso legal en Venezuela y que, salvo pacto en contrario, las obligaciones pueden cumplirse en bolívares. Se enfatizó que la ejecución de sentencias debe respetar la cosa juzgada y que la revisión no debe ser entendida como una nueva instancia. La Sala también subrayó que la ejecución forzosa de las sentencias previas no era procedente, dado que Banesco había cumplido con lo ordenado en términos de reintegro al fideicomiso establecido a favor del Municipio San Francisco del Estado Zulia.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la revisión solicitada por el abogado José Ignacio Hernández G., actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., de las sentencias Nros. 594 del 13 de junio y 1569 del 15 de diciembre de 2016, dictadas por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisión constitucionalBanescoSala Político Administrativaobligaciones en divisascumplimiento en bolívares

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