Sentencia N° 578 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de mayo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 578, Exp. 12-0740, 22/05/2013
Expediente12-0740
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Cristóbal Medina Pernía en representación de Consolación Sayago de Orozco, contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala argumentó que el abogado no presentó el poder necesario para actuar en el juicio, lo que constituye una falta de legitimación para interponer la acción de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el abogado José Cristóbal Medina Pernía pretende su acreditación de representación de la ciudadana Consolación Sayago de Orozco, mediante un poder apud acta, conferido por la mencionada ciudadana en la causa originaria ante el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Ahora bien, conforme a la regla legal contenida en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, el poder apud acta sólo puede hacerse valer en el 'juicio contenido en el correspondiente expediente', lo cual, con fundamento en el numeral 3 del artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, hace inadmisible la presente solicitud, por cuanto debe entenderse como una falta o ausencia de poder.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por falta de legitimación la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Cristóbal Medina Pernía contra la decisión dictada el 24 de mayo de 2012, mediante la cual el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declaró sin lugar el recurso de apelación intentado por dicho profesional del derecho contra el auto dictado el 8 de febrero de 2012, por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esa Circunscripción Judicial.

Palabras clave

sucesiónherenciaderechospatrimonioCódigo Civilparticióntribunal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca