Sentencia N° 576 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0576, Exp. 19-0317, 04/11/2021
Expediente19-0317
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-14
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono de trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara competente para conocer de la apelación interpuesta por las abogadas María Carolina Merchán Franco y Ana Victoria Ortiz Mayorquin en representación de Carlos Enrique Briceño Briceño. Se determina la terminación del procedimiento por abandono de trámite debido a la falta de impulso procesal durante más de seis meses. Además, se impone una multa a la parte accionante por incumplimiento de las obligaciones procesales.
Extracto de la motiva
motivación por ilogicidad en la Valoración de la Prueba, quien manifestó que constituye infracción en el Ordinal 3º del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal: con fundamento a lo establecido en el artículo 444 Numeral 2do. del Código Orgánico Procesal Penal, denunció como SEGUNDO MOTIVO: La existencia de victo de Inmotivación por Contradicción Manifiesta en la Motivación de la Sentencia quien manifestó que constituye infracción en el Ordinal 3° del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento a lo establecido en el artículo 444 Numeral 2do. del Código Orgánico Procesal Penal, denunció como TERCER MOTIVO: La existencia de vicio de Motivación por ilogicidad en la Valoración de la Prueba quien manifestó que constituye infracción en el Ordinal 3o del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la determinación precisa y circunstanciada de tos hechos que el tribunal estimó acreditados.” (Sic). Que, “(e)n fecha 30 de Octubre de 2018 dio contestación al Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva la Abogada LIBIA ROA, en su condición de Defensa Pública del ciudadano DANNY JOHAN DASILVA NADALES titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.553.857.” (Sic).
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida contra la decisión dictada el 13 de mayo de 2019, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite. TERCERO: IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00).
Palabras clave
valoración de la pruebainmotivaciónderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivaCódigo Orgánico Procesal Penal