Sentencia N° 576 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de agosto de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0576, Exp. 18-0080, 09/08/2018
Expediente18-0080
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-08-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La ciudadana Ana Yansi Del Pino Gómez interpuso una acción de amparo constitucional contra una sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala Constitucional determinó su competencia para conocer la acción y analizó la denuncia de violación de derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa. La Sala ordenó al Juzgado remitente que enviara el expediente completo para garantizar la tutela de los derechos de las partes involucradas.
Extracto de la motiva
En consecuencia, esta Sala, previo al pronunciamiento respecto de la acción de amparo constitucional incoada y en aras de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de las partes, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA a la Presidencia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que remita copia certificada de la totalidad del expediente signado bajo el alfanumérico DP41-T-2016-000052, según nomenclatura llevada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, contentivo de la demanda mero declarativa de concubinato interpuesta por la ciudadana Yelitza Coromoto Ramones Tovar contra el ciudadano José Gregorio González.
Dispositiva
ORDENA a la Presidencia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que remita copia certificada de la totalidad del expediente signado bajo el alfanumérico DP41-T-2016-000052.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos constitucionalesdebido proceso