Sentencia N° 575 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 575, Exp. 13-0367, 11/05/2015
Expediente13-0367
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-05-11
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la pretensión de amparo interpuesta por Idemaro Enrique González Sulbarán, en representación de la sociedad mercantil BULK TRADING, contra una sentencia de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La Sala determinó que la falta de impulso procesal por parte de la accionante durante más de seis meses constituía un abandono del trámite, lo que llevó a declarar terminado el procedimiento.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara…
Dispositiva
1. Declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite de la pretensión de amparo propuesta por el abogado Idemaro Enrique González Sulbarán, apoderado judicial de la sociedad mercantil BULK TRADING, contra la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2012 por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 2. Se IMPONE multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,oo), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales.
Palabras clave
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