Sentencia N° 571 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 571, Exp. 04-2377, 20/03/2006
Expediente04-2377
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de ley establecida en el artículo 35 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declarando que esta consulta limita el principio de economía procesal y fue derogada por la Constitución vigente. Se ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial y se estableció un plazo de treinta días para que las partes manifestaran su interés en la consulta. Al no haber manifestaciones de interés, se decidió remitir el expediente a la Corte de Apelaciones para su archivo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, en virtud de la consulta de ley, ha considerado que la misma, más que una garantía, constituye una limitación al principio de economía procesal, lo que lleva a declarar que la consulta fue derogada por la disposición Derogatoria Única de la Constitución vigente. En salvaguarda de los intereses de quienes tienen causas de amparo pendientes, se ordena la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial y se establece un plazo para que las partes manifiesten su interés en que la consulta se decida. Al transcurrir dicho plazo sin manifestaciones, se acuerda remitir el expediente a la Corte de Apelaciones para su archivo.
Dispositiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de que la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente a la referida Corte de Apelaciones a los fines de su archivo, y así se declara.
Palabras clave
consulta de leyderechos constitucionalesgarantíaseconomía procesaltutela judicialdecisión judicialremisión de expediente