Sentencia N° 571 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de marzo de 2001
TSJ/SC, Sent. N° 571, Exp. 01-2849, 22/03/2002
Expediente01-2849
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2001-03-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Gilda C. Cróquer Vega y Mariana A. Amparan Cróquer, en representación de Agro Air Associates Inc. y Fine Air Services Inc., contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, que acordó una medida de embargo sobre bienes de las demandadas. La Sala fundamenta su decisión en la falta de uso de los mecanismos judiciales ordinarios para impugnar el acto señalado como lesivo.
Extracto de la motiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por las ciudadanas GILDA C. CRÓQUER VEGA y MARIANA A. AMPARAN CRÓQUER, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de AGRO AIR ASSOCIATES INC. y FINE AIR SERVICES INC., asistidas por el abogado ERNESTO JOSÉ ZOGHBI, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas el 20 de septiembre de 2001.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por las ciudadanas GILDA C. CRÓQUER VEGA y MARIANA A. AMPARAN CRÓQUER, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de AGRO AIR ASSOCIATES INC. y FINE AIR SERVICES INC., asistidas por el abogado ERNESTO JOSÉ ZOGHBI, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas el 20 de septiembre de 2001.
Palabras clave
amparoembargoderecho al debido procesolibertad económicaprestaciones socialesmedida cautelarjurisdicciónacción de amparo