Sentencia N° 570 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 570, Exp. 15-1443, 11/07/2016
Expediente15-1443
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-07-11
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente in limine litis el amparo constitucional interpuesto por Jorge Octavio Lista Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui, que había declarado sin lugar su apelación contra una decisión de desalojo. El accionante alegó violaciones a sus derechos constitucionales y la subversión del debido proceso, argumentando que ocupaba el inmueble desde hace más de 40 años y que la demandante no era la propietaria del mismo. Sin embargo, la Sala consideró que el Juzgado Superior había analizado adecuadamente las pruebas y que no se evidenciaron violaciones a los derechos del accionante.

Extracto de la motiva

La decisión cuestionada en amparo fue dictada el 12 de noviembre de 2015 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por el hoy accionante contra la decisión dictada el 28 de julio de 2015 por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la misma Circunscripción Judicial, motivo por el cual esta Sala es competente para conocer del amparo ejercido. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JORGE OCTAVIO LISTA RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Oscar Ranier Rodríguez, contra la sentencia dictada el 12 de noviembre de 2015 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionaldesalojoderechos constitucionales

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