Sentencia N° 567 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 567, Exp. 07-1372, 16/04/2008
Expediente07-1372
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-04-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por Freddy Humberto Nieves Blanco contra una sentencia de desalojo. La Sala declaró con lugar el amparo, argumentando que la decisión del juzgado inferior había ignorado derechos fundamentales del demandante, al basar su fallo en un incumplimiento contractual que no se ajustaba a la ley de arrendamientos. Se ordenó la anulación de la sentencia de desalojo y se devolvió el caso para un nuevo juicio.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el fallo objeto de apelación declaró improcedente la pretensión de amparo constitucional por cuanto consideró que “…al no detectarse de la revisión del expediente, actuaciones u omisiones que resulten impeditivas del goce o ejercicio de los derechos o garantías establecidos en el artículo 49 de la Constitución, y por cuanto la parte agraviada en ningún momento indicó la actividad procesal a que tenía derecho y que no pudo ejercer, es la razón por la que este Tribunal procede a declarar improcedente la presente acción de amparo.” ... En consecuencia, considera esta Sala que los jueces que conocieron la causa que motivó este amparo actuaron fuera del límite de su competencia constitucional cuando aplicaron una cláusula contractual que establece, para el arrendatario, una condición menos ventajosa que la que dispone la propia ley con carácter irrenunciable. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación que interpuso el ciudadano FREDDY HUMBERTO NIEVES BLANCO contra la decisión que expidió, el 31 de julio de 2007, el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, la cual se REVOCA. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional que incoó el ciudadano FREDDY HUMBERTO NIEVES BLANCO contra la sentencia que emitió, el 10 de abril de 2007, el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, la cual se anula, y se ordena a otro juzgado de igual competencia que juzgue nuevamente, como tribunal de alzada, sobre el fondo del juicio de desalojo y por resolución de contrato que los ciudadanos José Andrés Ortiz Jiménez y Arturo José López Venegas incoaron contra el ciudadano Freddy Humberto Nieves Blanco, con estricta sujeción a los criterios que quedaron expuestos en este acto decisorio.

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