Sentencia N° 566 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 566, Exp. 10-0822, 25/04/2011
Expediente10-0822
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-25
DecisiónINADMISIBLES las solicitudes de revisión planteadas.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional de dos sentencias de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La parte actora, representada por Ana Josefina Ferrer Quintero, solicitó la revisión de las sentencias que declararon con lugar la regulación de competencia y la improcedencia de una solicitud de aclaratoria. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que las solicitudes de revisión eran inadmisibles, argumentando que no causaban un gravamen irreparable y que no se cumplían los requisitos para su revisión.
Extracto de la motiva
La revisión de sentencias ha sido concebida como una vía extraordinaria tendiente a preservar la uniformidad de la interpretación de las normas y principios constitucionales y para corregir graves infracciones a sus principios o reglas, estando la Sala en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla, por tratarse de una potestad discrecional, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación del derecho a la defensa y al debido proceso de las partes.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer de la revisión solicitada por la abogada Ana Josefina Ferrer Quintero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.740, en su carácter de sustituta del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO ZULIA, ciudadano Asdrúbal José Quintero, interpuso solicitud de revisión constitucional de las sentencias Nros. 2010-00570 dictada el 29 de abril de 2010 y 2010-918 dictada el 13 de julio de 2010, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2.- INADMISIBLES las solicitudes de revisión planteadas.
Palabras clave
intereses colectivostutela judicial efectivajuez naturaljurisdicción contenciosaderecho a la defensacompetenciaEstado Zulia