Sentencia N° 563 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 563, Exp. 17-0307, 10/08/2017
Expediente17-0307
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La abogada Betty Pérez Aguirre, actuando como apoderada judicial de varias sociedades mercantiles, presentó una solicitud de revisión contra una sentencia anterior. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, tras evaluar la solicitud, determinó que la abogada no presentó la copia certificada del poder que acreditara su representación, lo que llevó a la declaración de inadmisibilidad de la solicitud de revisión. La decisión se fundamenta en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece la necesidad de acreditar la representación judicial.
Extracto de la motiva
En virtud de lo expuesto, y siendo que, en el presente caso, la abogada Betty Pérez Aguirre no consignó copia certificada del poder que acredita la representación que se atribuye, de conformidad con lo establecido en el artículo 133, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Constitucional declara inadmisible la solicitud de revisión planteada. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional planteada por la abogada Betty Pérez Aguirre, quien señala actuar en carácter de apoderada judicial de las sociedades mercantiles “AGROPECUARIA FINMEDICA C.A., INVERSIONES AGROPECUARIAS, S.A., FINAGRO”, de la sentencia n.° 1.455 dictada en fecha 16 de diciembre de 2016, por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
inadmisibilidadapoderado judicialrepresentaciónrevisión constitucionalLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia