Sentencia N° 562 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de junio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 562, Exp. 14-0243, 02/06/2014
Expediente14-0243
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-06-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado José Gregorio Palomo en nombre de Jesús Rafael Maestre, debido a la falta de presentación del poder que acredite la representación judicial. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 133.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece la necesidad de acompañar documentos indispensables para la admisibilidad de la demanda.

Extracto de la motiva

La necesidad de consignar un instrumento fehaciente, obedece a la certeza que debe obtener esta Sala, respecto del contenido del fallo que pretende impugnarse a través de la revisión, dada la entidad de la sentencia que pretende revertirse. Por ello, la Sala ha considerado que quien pide una revisión debe presentar copia auténtica (fehaciente) del fallo a revisarse, no pudiendo suplantarse el mismo, ni siquiera por la vía del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, ya que en materia de revisión no hay contraparte que controle lo aportado por el solicitante. De allí que, a juicio de la Sala, quien incoa una revisión tiene la carga de aportar al Tribunal la decisión impugnada, por no ser función de la Sala recabar dicho fallo.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión formulada por el abogado José Gregorio Palomo, de la sentencia dictada, el 15 de enero de 2014, por la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto contra la decisión dictada el 9 de abril de 2013 por el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra el auto que homologó el convenimiento en la causa que, por cobro de bolívares, incoó Cooperativa Seguridad y Construcciones MSM contra el ciudadano Jesús Rafael Maestre.

Palabras clave

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