Sentencia N° 56 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de marzo de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 56, Exp. 09-0120, 05/03/2010
Expediente09-0120
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-03-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó las sentencias emitidas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia y el Juzgado Superior Primero Civil en un caso de desalojo. La primera sentencia declaró parcialmente con lugar la demanda de desalojo interpuesta por Nancy Hernández de Sánchez contra Luis Antonio Sánchez Hernández, mientras que la segunda confirmó la decisión anterior. La Sala determinó que la revisión solicitada no era procedente, ya que el fallo del Juzgado de Primera Instancia no era definitivamente firme debido a la apelación interpuesta por el demandado.

Extracto de la motiva

En el asunto sub examine se pretende la revisión de los actos de juzgamiento que emitieron el 21 de marzo de 2006 y el 17 de octubre de 2007, el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la misma Circunscripción Judicial, respectivamente, ambos en el curso del juicio que, por desalojo, interpuso la ciudadana Nancy Hernández de Sánchez contra el ciudadano Luis Antonio Sánchez Hernández. El primero de dichos veredictos declaró parcialmente con lugar la demanda y condenó al demandado a lo siguiente: (i) al desalojo del inmueble objeto del juicio; (ii) al pago de cinco millones cuatrocientos mil bolívares (Bs. 5.400.000,00) por concepto de cánones de arrendamiento, correspondientes desde agosto de 2002 a junio de 2005, (iii) al pago de un millón trescientos sesenta y cinco mil bolívares (Bs. 1.365.000,00) por concepto de intereses de mora a la tasa del 12% anual, (iv) a la entrega de los recibos que debieron ser pagados por concepto de agua, luz, aseo urbano, teléfono, condominio y cualquier otro servicio público que reciba el inmueble arrendado. Asimismo, dicho fallo declaró sin lugar la reclamación de la demandante por indemnización de daños y perjuicios, por la cantidad de cuatro millones de bolívares. Por su parte, la decisión que emitió el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 17 de octubre de 2007, declaró sin lugar la apelación y confirmó en todas sus partes el pronunciamiento judicial que dictó el antes referido Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Bancario, de la misma Circunscripción Judicial.

Dispositiva

PRIMERO: IMPROPONIBLE la solicitud de revisión que interpuso el abogado el ciudadano LUIS ANTONIO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, de la sentencia que emitió el 21 de marzo de 2006, el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: Que NO HA LUGAR a la petición de revisión que incoó el ciudadano LUIS ANTONIO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, del fallo que dictó, el 17 de octubre de 2007, el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

revisiónsentenciasdesalojocompetenciajurisdiccióncosa juzgada

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