Sentencia N° 552 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de marzo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 552, Exp. 06-1418, 27/03/2007
Expediente06-1418
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-03-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el examen del control difuso de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, debido a que la decisión no se encuentra definitivamente firme. La Sala argumenta que la parte actora solicitó regulación de competencia, lo que impide la revisión de la sentencia en cuestión. Se reitera la obligación de los tribunales de informar a la Sala Constitucional sobre decisiones que desaplican normas por control difuso.

Extracto de la motiva

Esta Sala Constitucional, desde su sentencia Nº 1.400 del 8 de agosto de 2001, ha establecido que “(...) el juez constitucional debe hacer saber al Tribunal Supremo de Justicia sobre la decisión adoptada, a los efectos del ejercicio de la revisión discrecional atribuida a la Sala Constitucional conforme lo disponen los artículos 335 y 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…)”. Posteriormente, en el fallo Nº 1.998 del 22 de julio de 2003 (caso: “Bernabé García”), respecto de la posibilidad de revisar las decisiones definitivamente firmes de control de la constitucionalidad remitidas por los tribunales de instancia, la Sala sostuvo: “(…) En lo que respecta a las decisiones definitivamente firmes de control de constitucionalidad se revisa una decisión que declara la inconstitucionalidad de una norma –con efectos sólo en el caso concreto-, cuya aplicación o desaplicación puede vulnerar el orden público constitucional, y cuya inconstitucionalidad, con efectos vinculantes para las demás Salas y todos tribunales de la República, sólo puede ser pronunciada por esta Sala, la única con atribución constitucional para tal pronunciamiento. (…) Por todo ello, y para la mayor eficacia de la conexión entre el control concentrado, que corresponde a esta Sala, y el control difuso, que corresponde a todos los jueces de la República, debe darse, como se dio en la sentencia que antes se citó, un trato diferente a la remisión ex oficio que, para su revisión, haya hecho el juez que la dictó; se obtendrá así una mayor protección del texto constitucional y se evitará la aplicación general de normas inconstitucionales o la desaplicación de normas ajustadas a la Constitución en claro perjuicio para la seguridad jurídica y el orden público constitucional. Por las razones que preceden se reitera que, no sólo el juez puede remitir las sentencias definitivamente firmes en las cuales, en resguardo de la constitucionalidad, desaplique una norma, sino que está obligado a ello (…)” (Subrayado del fallo).

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el examen del control difuso efectuado de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar el 11 de agosto de 2006, que se pronunció sobre su competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Adil El Aysami, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil PIÑATERÍA Y JUGUETERÍA MACARENA, C.A., asistido por el abogado Daniel Almenar Williams, ya identificados, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº USAB/050/2006 del 27 de junio de 2006, emanado de la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores de Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales “(…) que decidió imponer (…) una multa de (…) 76 U.T. (…)”. Publíquese y regístrese. Remítase copia al referido Tribunal Superior.

Palabras clave

control difusoinconstitucionalidadsentenciarevisióncompetenciaadministrativoconstitucional

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