Sentencia N° 552 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de marzo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 552, Exp. 05-1634, 16/03/2006
Expediente05-1634
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-03-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por WENCO MALL, C.A. contra la Resolución N° RCA/DFTD/2003-00328 del SENIAT, que ordenó la clausura del establecimiento por 48 horas. La Sala argumenta que la acción de amparo no es el medio idóneo para impugnar actos administrativos cuando existen vías procesales adecuadas, como el recurso contencioso tributario. Se establece que la acción de amparo es tuitiva y debe ser utilizada cuando no hay otros recursos disponibles para restablecer derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la acción de amparo está sujeta a la inexistencia de otras vías procesales que permitan el restablecimiento de la situación jurídica infringida, pero además de esto dicha acción no puede funcionar cuando lo que se pretende no es realmente el restablecimiento de una situación particular sino la creación, modificación o extinción de la misma. De modo que, si lo que se pretendía en el presente caso era ordenar a la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT que se dejara sin efecto el acto administrativo, no era el amparo constitucional la vía idónea para tal pretensión, ya que no se trata aquí del restablecimiento de derecho constitucional alguno sino de que la empresa WENCO MALL C.A., lograra que la Administración, en este caso la Administración Tributaria, cumpliera con una obligación que le ha sido impuesta por la Ley, lo cual podría haberse ventilado por la vía del recurso contencioso tributario.

Dispositiva

1.- CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada Yanett Maigualida Mendoza Labrador, en representación de la Procuraduría General de la República, contra la sentencia dictada el 10 de mayo de 2004, por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas. 2.- INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional por los abogados Luis Ernesto Andueza, Leopoldo Escobar y Mauricio Posadas, actuando con el carácter de apoderados de WENCO MALL, C.A., en consecuencia 3.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

amparoclausuraSENIATderecho a la defensadebido procesolibertad económicaresolución sancionatoria

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca