Sentencia N° 550 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 550, Exp. 13-0852, 30/05/2014
Expediente13-0852
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-30
DecisiónTerminada el procedimiento, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un amparo constitucional interpuesto por Rafael Antonio Carrero García, quien alegó violaciones a su derecho al debido proceso por parte del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Estado Táchira. La Sala constató que la parte actora había abandonado el trámite del amparo, ya que transcurrieron más de seis meses sin que se impulsara el procedimiento, lo que llevó a declarar la extinción de la instancia por abandono del trámite. Además, se impuso una multa a la parte actora por el entorpecimiento de las labores judiciales.
Extracto de la motiva
Que la parte supuestamente agraviada pretende el restablecimiento de la situación jurídica que –afirma-, fue infringida por la sentencia dictada el 20 de marzo de 2013, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, emitida con motivo del recurso de apelación ejercido por el abogado Abelardo Ramírez, con el carácter de coapoderado judicial de los ciudadanos Ciebel Absalón Ramírez Hernández, Zoraya del Socorro Pinto Albán, Eliana Pinto Albán, Nubia del Coromoto Pereira Durán, Luis Eduardo Moncada Chávez, Ana Marlene Fuentes, Edil Arnoldo Guerrero Zambrano, Jema Clair Delgado de Guerrero, María Consuelo Blanco de Rangel, José Eleazar Rangel Bolívar, Luisa Aura Díaz de García, Edgar Urdaneta González, Carlos Felipe Díaz Gómez, Marina Hernández de Díaz, Ramona Idalia Ramírez de Villamizar, Miguel Ángel Villamizar Arámbula y Germán García Fernández, contra la decisión dictada el 18 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante la cual declaró sin lugar la demanda incoada por dichos ciudadanos contra Inversora Valle Arriba C.A., representada por el ciudadano Rafael Antonio Carrero García, y contra éste a título personal y la ciudadana Daysi María García de Carrero. Asimismo, condenó en costas a la parte demandante, conforme a la previsión normativa del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo constitucional que interpuso el ciudadano RAFAEL ANTONIO CARRERO GARCÍA, contra la decisión dictada el 20 de marzo de 2013 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. 2.- Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas bancarias receptoras de fondos nacionales dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación del comprobante correspondiente ante el señalado Juzgado Superior. 3.- Se ORDENA notificar esta decisión al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Palabras clave
amparoinactividad procesalinterés procesalextinción de instanciaderechos fundamentalesLey Orgánica de Amparo