Sentencia N° 550 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de abril de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 550, Exp. 04-3323, 21/04/2005
Expediente04-3323
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por Rosa Lorena Navas Fajardo en representación de su menor hija, contra decisiones de un juzgado inferior. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior que declaró sin lugar el amparo, argumentando que no se evidenciaron violaciones a los derechos constitucionales de la menor. Se destacó que la madre, siendo abogada, actuó en representación de su hija en todos los actos del proceso, lo que no generó indefensión.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el caso de autos, la accionante denunció como conculcantes de sus derechos constitucionales las decisiones dictadas por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a saber: a) el 5 de abril de 2004, en la causa seguida bajo el expediente Nº 03-5996 (cuando el juzgado presuntamente agraviante, decidió las cuestiones previas opuestas de conformidad con los ordinales 2º y 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, declarando sin lugar la primera y con lugar la segunda); b) el 22 de abril de 2004 en el expediente 03-5990 (con ocasión a la resolución procedente de la cuestión previa prevista en el ordinal 4º del artículo 346 eiusdem y que fue opuesta por la demandada); y, c) el 22 de abril de 2004, en la causa seguida en el expediente Nº 03-5998 (cuando declaró con lugar la cuestión previa opuesta por la demandada, prevista en el ordinal 4º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil); todas dichas decisiones con la expresa condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el 15 de noviembre de 2004, que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ROSA LORENA NAVAS FAJARDO contra las decisiones dictadas el 5 y 22 de abril de 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Palabras clave
amparotutela judicial efectivaderecho de defensamenorpoder apud actacostasrepresentación legal