Sentencia N° 55 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de enero de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 55, Exp. 06-1621, 19/01/2007
Expediente06-1621
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-01-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Rafael Jiménez Gómez, la cual fue presentada el 6 de noviembre de 2006. La Sala determinó que la acción no fue ratificada dentro del lapso de tres días, lo que llevó a declarar la solicitud como inadmisible. La decisión se fundamenta en la interpretación del artículo 16 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece la necesidad de ratificación de la acción de amparo interpuesta por vía telegráfica o electrónica.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía de internet haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe declararse inadmisible, y así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta el 6 de noviembre de 2006, por el ciudadano JESÚS RAFAEL JIMÉNEZ GÓMEZ, asistido por el abogado Rubén Hernández, contra “la Corte de Apelación del Circuito Judicial Penal del Estado Barcelona- Estado Anzoátegui”. Publíquese, regístrese y Archívese el expediente.
Palabras clave
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