Sentencia N° 545 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de agosto de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0545, Exp. 20-0096, 12/08/2022
Expediente20-0096
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-08-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia núm. 416, en la que se ordena la remisión del expediente al Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre para continuar con la ejecución del mandamiento de amparo constitucional. Esta decisión se basa en la naturaleza procesal del fallo y en el cumplimiento de sentencias anteriores que establecen el procedimiento a seguir en casos de desacato.
Extracto de la motiva
Visto que en la sentencia núm. 416, del 2 de agosto de 2021, anteriormente referida, se estableció que "vista la naturaleza de orden procesal del presente fallo y lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a partir de la publicación de esta decisión, todas las causas que cursen ante esta Sala Constitucional deberán ser remitidas a la brevedad a los Tribunales de la causa mediante auto en el cual no se examinará la favorabilidad a trámite de la denuncia de desacato que establecía la sentencia N° 145 del 18 de junio de 2019". En acatamiento de lo anterior, se ORDENA la remisión del expediente recibido al Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, con sede en Cumaná, para que continúe la tramitación del procedimiento de ejecución del mandamiento de amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en las sentencias números 138 y 245, del 17 de marzo y 9 de abril de 2014, respectivamente.
Dispositiva
Se ORDENA la remisión del expediente recibido al Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, con sede en Cumaná, para que continúe la tramitación del procedimiento de ejecución del mandamiento de amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en las sentencias números 138 y 245, del 17 de marzo y 9 de abril de 2014, respectivamente.