Sentencia N° 545 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de mayo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 545, Exp. 08-1186, 13/05/2009
Expediente08-1186
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2009-05-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo interpuesto por José Gregorio Gómez Maldonado, quien alegó violaciones a sus derechos fundamentales por parte de la Jueza Décima del Tribunal de Control. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la pretensión de amparo, lo que motivó la apelación del accionante. La Sala ordenó la remisión de las actas procesales correspondientes a la causa penal que se seguía contra el quejoso, para valorar adecuadamente la situación y decidir sobre la admisibilidad del amparo.

Extracto de la motiva

Ahora bien, encuentra esta juzgadora que, como adujo la primera instancia, para la decisión en la presente causa, es necesaria la valoración de actas que corresponden a la causa penal en referencia y las cuales no aparecen agregadas al expediente de este juicio de amparo; particularmente, las que conciernen a las actuaciones procesales que fueron cumplidas hasta la culminación de la fase intermedia del proceso penal que se seguía o sigue contra el quejoso de autos. Por tales razones, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ordena al Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira que, de inmediato y sin perjuicio del término de distancia que corresponda, remita a la Sala copia certificada de la porción del expediente que contiene las actuaciones de la antes identificada causa penal n. 10C-4763, durante las fases preparatoria e intermedia de la misma; todo ello, con apercibimiento, al referido funcionario judicial, de la sanción imponible conforme al artículo 23.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el caso de omisión del deber de oportuna remisión que quedó referido en el presente fallo.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

amparoderechos fundamentalescausa penalCorte de Apelacionesremisión de actasviolación de derechosjusticiaproceso penal

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