Sentencia N° 543 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0543, Exp. 23-0953, 31/10/2024
Expediente23-0953
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-02-28
DecisiónSin lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Ramsés Jurado Martínez contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar su recurso de apelación. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena de 12 meses de prisión por violencia psicológica. En su decisión, la Sala Constitucional determinó su competencia para conocer el caso, pero declaró terminado el procedimiento por abandono de trámite debido a la falta de actuación del demandante durante más de seis meses. Además, se impuso una multa al accionante por el abandono del trámite.
Extracto de la motiva
Que “(…) se ha confabulado una estrategia judicial contraria a la ley por parte de las Fiscalías del Ministerio Público y de los Tribunales del Poder Judicial del estado Aragua que han tenido conocimiento del proceso penal en narras, incurriendo en hechos de corrupción con el objetivo de vulnerar y menoscabar mis legítimos derechos al tiempo de que se le pretende atribuir a mi persona unos supuestos y negados hechos delictivos, los cuales he rechazado y seguiré rechazando toda vez que soy inocente, en tal sentido, procederé a indicar, los elementos de hecho y de derecho que considero vulnera la decisión aquí impugnada”. Que “(…) los ciudadanos Magistrados Dra. MIRLA BIANEXIS MALAVÉ SÁEZ, Dra. YELITZA COROMOTO ACACIO CARMONA y Dr. ALFONSO ELIAS (sic) CARABALLO CARABALLO, integrantes de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial del Estado Aragua, al proferir su decisión № 0014-2023, de fecha 28-02-2023, mediante la cual declaran SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido en fecha 19-12-2022, por la ciudadana Defensora Pública Abg. ANDRY KATIUSKA BROCHERO OSPINA, dicha decisión se sustenta a partir del criterio de los ciudadanos Magistrados ut supra identificados, al considerar la falta de tecnicismo por parte de la Defensa Pública, quien a criterio de la Corte de Apelaciones, no fundamentó ni especificó los elementos de derecho que considera la Defensa Pública que se infringieron en la decisión proferida por el Tribunal de Juicio en su sentencia condenatoria de fecha 14-12-2022”.
Dispositiva
Se declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha diecinueve (19) de diciembre del año 2022, por la abogada Andry Brochero, Defensora pública primera (1ª) en materia sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en su carácter de defensora pública del ciudadano Ramsés Jurado Martínez. Segundo: Se Confirma el fallo del Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Aragua, dictada el catorce (14) de diciembre de 2022.
Palabras clave
proceso penalderechos humanosdefensacorrupciónjusticiasentenciaapelación