Sentencia N° 543 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 543, Exp. 15-0276, 08/05/2015
Expediente15-0276
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-05-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por el abogado Antonio Lilo Vidal en representación de Roberto Ramón García, quien solicitó la revisión de una medida privativa de libertad. La Corte de Apelaciones había declarado improcedente la acción de amparo, lo que motivó la apelación. La Sala consideró que la acción era inadmisible, ya que el demandante tenía la posibilidad de solicitar la revisión de la medida en el tribunal correspondiente, lo que no se había agotado.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional se ejerció contra la decisión judicial del 28 de enero de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, decisión esta que declaró sin lugar la revisión de la medida privativa de libertad y en aras de garantizar el derecho a la salud previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena trasladar al imputado de autos al Hospital Alfredo Van Grieken de esta Ciudad de Coro a los fines de que reciba el tratamiento y la atención médica oportuna.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto el 19 de febrero de 2015, por el abogado Antonio Lilo Vidal, actuando como defensor del ciudadano ROBERTO RAMÓN GARCÍA contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, el 9 del mismo mes y año que declaró la improcedencia in limine litis de la acción de amparo constitucional propuesta. 2.- REVOCA, la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, el 9 de febrero de 2015, que declaró la improcedencia in limine litis de la acción de amparo constitucional propuesta. 3.- INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional propuesta por el abogado Antonio Lilo Vidal, actuando en como defensor del ciudadano ROBERTO RAMÓN GARCÍA, contra la sentencia dictada el 28 de enero de 2015 por el Juzgado Primero en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Penal en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón.

Palabras clave

amparoderechosgarantíascompetenciajusticiaviolenciamujer

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