Sentencia N° 543 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 543, Exp. 12-1135, 21/05/2013
Expediente12-1135
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un amparo constitucional interpuesto por Jorge Sliman Dreikhah Chayeb contra una sentencia que dictó medida de secuestro en un juicio de interdicto posesorio. El demandante alegó violaciones al debido proceso, argumentando que no fue parte en el proceso y que la medida afectaba sus derechos sin haber sido debidamente notificado. La Sala decidió con lugar el amparo, ordenando la remisión de copias del expediente correspondiente para evaluar la situación procesal del demandante.
Extracto de la motiva
El solicitante alegó que la sentencia objeto de amparo dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, vulneró el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referente al derecho al debido proceso, en virtud de que el objeto sobre el cual recayó la medida preventiva de secuestro es un local y fondo de comercio denominado INVERSIONES D.M.L.C., C.A., donde presuntamente es arrendatario desde el 6 de octubre de 2008, en virtud del arrendamiento verbal celebrado con la ciudadana Linda Cohen Cohen. Arguyó el accionante, que desconocía de la referida medida de secuestro porque no es parte, ni fue citado en el proceso, debido a que la demanda por interdicto posesorio es incoada por la ciudadana Linda Cohen Cohen contra la sociedad Mercantil Repesa C.A., quienes son personas ajenas y diferentes a su persona. Asimismo aduce que nunca fue emplazado en dicha causa incoada con posible mala fe y posible fraude procesal, donde la parte actora y la parte demandada son personas distintas a las que se encuentran en el expediente llevado por el Juzgado Quinto de Municipio Ejecutor de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ejecutó el secuestro en su perjuicio y que aunque hizo oposición a la medida, no fue oído por el referido Juzgado.
Dispositiva
ORDENA, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remita a esta Sala copia certificada del expediente AP11-V-2012-000832, que cursa en su despacho, en virtud de la apelación ejercida por el ciudadano Jorge Sliman Dreikhah Chayeb contra el fallo dictado el 23 de octubre de 2012 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la acción interdictal de despojo y en caso de no reposar dicho expediente en su despacho por haber resuelto ya la apelación, oficiar al Juzgado Séptimo de Primera Instancia ut supra mencionado informándole sobre dicha solicitud para que remita el referido expediente solicitado por esta Sala.