Sentencia N° 543 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de marzo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 543, Exp. 03-0245, 14/03/2003
Expediente03-0245
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-03-14
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente in limine la acción de amparo constitucional presentada por Mirna Margarita Salas Salazar contra la Comisión Coordinadora de Evaluación y Concursos para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial. La Sala argumenta que la pretensión no revela violación a derecho fundamental alguno y que el resultado satisfactorio de la evaluación de la demandante no la exime de participar en el concurso de oposición correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, muy al contrario de las conclusiones a que arriba la accionante, el resultado satisfactorio que obtuvo de la evaluación a su desempeño sólo le asegura, conforme lo expresa el artículo 12° de las Normas de Evaluación y Concursos de Oposición para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial, su participación en el concurso de oposición que se abriera a los efectos de llenar las vacantes para un cargo similar en jerarquía al que ocupaba como juez provisoria (no necesariamente el mismo), y en el cual deberá competir con todos aquellos que se hubiesen inscrito y que hubiesen sido preseleccionados por ocupar alguno de dichas vacantes. Asimismo, la accionante tiene derecho a participar directamente en el concurso (sin ser preseleccionada), en sus tres fases: a) examen (prueba escrita, práctica y oral); b) evaluación psicológica y c) evaluación de credenciales, según lo establece el art. 17° de las Normas de Evaluación, y no solamente en las dos últimas.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE IN LIMINE la acción de amparo propuesta por los ciudadanos Mirna Margarita Salas Salazar, contra la Comisión Coordinadora de Evaluación y Concursos para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Envíese copia certificada de la presente decisión a la ciudadana Nancy Rodríguez de Rodríguez, Directora-Coordinadora de la mencionada Comisión. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalevaluación judicialderechos fundamentalesconcurso de oposiciónPoder Judicialimprocedencianormas de evaluación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca