Sentencia N° 540 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de julio de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 540, Exp. 16-0352, 06/07/2016
Expediente16-0352
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2016-07-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Alexander Loreto Suárez, en representación de José Ramón Gómez Benavidez, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la demanda de amparo constitucional. La Sala concluyó que el apelante no agotó los recursos ordinarios disponibles, específicamente el recurso de apelación contra la orden de aprehensión, lo que llevó a declarar inadmisible la acción de amparo. La decisión fue confirmada, manteniendo la inadmisibilidad de la pretensión de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala Accidental N° 06-16 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en sentencia del 27 de enero de 2016, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, con base en los siguientes fundamentos: 'Esta Sala estima en el presente caso que el accionante pretende la acción de Amparo que la supuesta orden de aprehensión que recae sobre su defendido JOSÉ RAMÓN GÓMEZ BENAVIDEZ sea anulada, por considerar que la misma es violatoria de sus derechos constitucionales específicamente a la libertad, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, arguyendo al respecto abuso y desviación de poder por parte del Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, así como del representante del Ministerio Público, en el trámite del proceso penal seguido en contra de su defendido.'

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara: 1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Luis Alexander Loreto Suárez, contra la sentencia que dictó el 27 de enero de 2016, la Sala Accidental N° 06-16 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes. 2.- CONFIRMA la mencionada decisión que declaró INADMISIBLE la pretensión de amparo de conformidad con lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

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