Sentencia N° 54 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de enero de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 54, Exp. 06-1626, 19/01/2007
Expediente06-1626
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-01-19
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia Nº 839 dictada por la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto contra una decisión del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Estado Zulia. La revisión se fundamentó en la alegación de vicios en el consentimiento y la falta de consideración de pruebas en el proceso anterior.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el sentenciador de alzada mencionó las actas y afirmó que les otorgaba valor probatorio, sin indicar pormenorizadamente los hechos que consideró demostrados. Sin embargo, el motivo por el cual la demanda incoada fue declarada sin lugar resulta jurídicamente previo al establecimiento de si el consentimiento dado por los demandantes estuvo viciado por violencia, puesto que el dispositivo del fallo fue consecuencia directa de que el juzgador consideró que siendo que el objeto de la acción interpuesta consistía en declarar la nulidad de las transacciones suscritas por los actores, con el fin de que éstos fueran reenganchados a sus puestos de trabajo, ésta resultaba improcedente por cuanto ellos recibieron el pago de sus prestaciones sociales, circunstancia que imposibilita la procedencia de cualquier acción que persiga restablecer a los accionantes en su empleo.

Dispositiva

Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por el abogado Ildegar Arispe Borges, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROCELIO JOSÉ URIANA, JUDY JOSEFINA DÍAZ, NÉSTOR LUIS LEAL PRIETO, y OTROS, de la sentencia Nº 839 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el 11 de mayo de 2006, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 28 de febrero de 2005, mediante la cual declaró sin lugar la apelación incoada contra la sentencia dictada el 11 de mayo de 2004 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró sin lugar la demanda de nulidad de transacción ejercida contra la Gobernación del Estado Zulia.

Palabras clave

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