Sentencia N° 537 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 537, Exp. 13-0003, 08/05/2013
Expediente13-0003
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Sexto, que había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por Corporación Pefki, C.A. en contra de Hilos Esther 1, C.A. La Sala encontró que se habían violado derechos constitucionales, como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, al no considerar pruebas fundamentales presentadas por el solicitante de revisión. En consecuencia, se declaró ha lugar la solicitud de revisión, anulando la sentencia impugnada y ordenando al juzgado inferior dictar un nuevo fallo.
Extracto de la motiva
La Sala estima conveniente reiterar que la facultad revisora que le ha sido otorgada por la Carta Magna de 1999, tiene carácter extraordinario y sólo procede en los casos de sentencias definitivamente firmes; su finalidad primordial es garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales y, en ningún momento, debe ser considerada como una nueva instancia. En el presente caso, denunció el solicitante de revisión que el fallo del 7 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar el recurso de apelación ejercido; se anuló la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 19 de mayo de 2011, que declaró con lugar la demanda de tercería intentada por el hoy solicitante de revisión contra Corporación Pefki C.A. e Hilos Esther S.R.L.; se declaró sin lugar la tercería interpuesta y se condenó en costas, lo que a su decir, violó los derechos y garantías constitucionales a la justicia, igualdad, tutela judicial efectiva, debido proceso y derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por HILOS ESTHER 1, C.A., de la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se anula y se ordena a dicho juzgado dictar un nuevo fallo.