Sentencia N° 536 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 536, Exp. 13-0666, 30/05/2014
Expediente13-0666
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-30
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Sala de Casación Social que declaró inadmisible un recurso de control de legalidad. La parte solicitante argumentó que la decisión violó principios de confianza legítima y tutela judicial efectiva. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la inadmisibilidad del recurso era facultativa de la Sala de Casación Social y que no procedía la revisión de dicha decisión.

Extracto de la motiva

La Sala debe advertir que es pacífica y reiterada la doctrina de este órgano judicial respecto a la improcedencia de la revisión de las decisiones de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia que se pronuncien sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad, establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues la admisión del mencionado recurso, es facultativa de la referida Sala. En efecto, en virtud de la discrecionalidad que otorga la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la Sala de Casación Social para la inadmisión del recurso de control de la legalidad sin que medie motivación alguna, la Sala ha señalado que no procede la revisión de los fallos que inadmitan dicha impugnación extraordinaria, por cuanto en esos casos, el fallo que adquiriría firmeza sería el que fue objeto del recurso de control de la legalidad, contra el cual, dentro de los supuestos que ha establecido esta Sala, sí procedería, a su vez, la potestad extraordinaria y discrecional de revisión.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión planteada por los abogados Luis Antonio Muñoz Guevara y Germán José García Limonta, apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA AMARANTA C.A., contra la sentencia dictada el 12 de junio de 2013, por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal, mediante la cual declaró inadmisible el control de legalidad interpuesto por la parte solicitante contra la decisión dictada 23 de noviembre de 2012, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

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