Sentencia N° 534 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 534, Exp. 12-1235, 08/05/2013
Expediente12-1235
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia Nº 797, dictada por la Sala Político Administrativa, que declaró sin lugar la oposición a una medida de embargo preventivo. La parte solicitante argumentó violaciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, alegando que no se incluyeron intereses moratorios en la demanda. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que la revisión no era procedente, ya que la sentencia en cuestión era interlocutoria y no había adquirido el carácter de cosa juzgada. Por lo tanto, se declaró que no ha lugar la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
La revisión constitucional la ejerce esta Sala de manera facultativa, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Por ello, se encuentra la Sala en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla y proceder a realizarla, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación del derecho a la defensa y al debido proceso de las partes.
Dispositiva
Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por el abogado Ángel Álvarez Oliveros, actuando en su carácter de apoderado judicial de ASEGURADORA NACIONAL UNIDA UNISEGUROS S.A.
Palabras clave
revisiónsentenciasconstitucióndebido procesoderecho a la defensajurisprudenciamedidas cautelares