Sentencia N° 534 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de marzo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 534, Exp. 05-2261, 13/03/2006
Expediente05-2261
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 496, dictada por la Sala de Casación Social. La revisión fue solicitada por Menfis del Carmen Álvarez Núñez, quien demandó a la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público. La Sala consideró necesario conocer la razón de la redistribución del expediente y si las partes fueron notificadas adecuadamente sobre el avocamiento del juez y la fijación de la audiencia.
Extracto de la motiva
Visto que de autos no se evidencia la razón que motivó la redistribución del expediente correspondiente a la demanda de cobro por diferencia de prestaciones sociales que sigue la ciudadana Menfis del Carmen Álvarez Núñez contra la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público, del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esa circunscripción judicial, considera la Sala, que para proceder a pronunciarse sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 496, dictada por la Sala de Casación Social el 10 de mayo de 2005, es necesario conocer con certeza la razón de la distribución supra mencionada y si las partes fueron notificadas de dicho evento, del abocamiento del juez y de la fijación de la audiencia respectiva.
Dispositiva
Por las razones antes señaladas y en aplicación del artículo 19.27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación, informe a esta Sala el motivo de la redistribución a ese tribunal, de la causa correspondiente a la demanda por cobro por diferencia de prestaciones sociales que sigue la ciudadana Menfis del Carmen Álvarez Núñez contra la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público, y si se realizó la notificación de la parte demandada sobre el avocamiento del juez y la fijación de la audiencia respectiva. Así se decide.
Palabras clave
revisión de sentenciaprestaciones socialesredistribución de expedientenotificaciónavocamientoaudienciademanda laboral